CONVENIO DE COOPERACIÓN
ENTRE
LA SOCIEDAD DE ESCRITORES DEL PARAGUAY (SEP)
Y LA
EDITORIAL SERVILIBRO S.R.L.
En la Ciudad
de Asunción, República del Paraguay, a los 11 días del mes de octubre del año
dos mil doce.
SE REÚNEN
Por una parte
la Directora Porpietaria de la Editorial y Librería SERVILIBRO, Doña Vidalia
Sánchez, con domicilio en 25 de Mayo y México(Plaza Uruguaya), y por la otra el
Arq. Lisandro Cardozo, Presidente de la Sociedad de Escritores del Paraguay,
con domicilio en 15 de Agosto y Ygatimi, acuerdan suscribir el presente
Convenio que se regirá por las siguientes
CLAÚSULAS
PRIMERA
El presente
Acuerdo Marco regulará la colaboración mutua entre las partes, en lo referente
a los ámbitos de la cultura, educación, publicación y difusión de la
literatura.
SEGUNDA
Las partes
colaborarán en actividades de trabajos conjuntos de publicaciones de literatura
joven, participación en ferias nacionales e internacionales del libro,
potenciar la defensa de los derechos del autor y en la solicitud del libre
tránsito del libro a través de las fronteras del Mercosur.
Áreas de Cooperación:
Áreas de Cooperación:
1.- Potenciar la presencia de la Sociedad de Escritores a través de proyectos de publicación, seminarios y talleres de literatura en las ciudades cabeceras de nuestro país, conjuntamente con la Editorial Servilibro.
2.-Desarrollar
proyectos para incentivar el interés de la ciudadanía hacia el libro paraguayo
(Fomento de la lectura y participación en las ferias nacionales y extranjeras).
3.-
Cooperación y patrocinio y para la realización de cursos y seminarios a
realizarse conjuntamente.
4.-Organización
de concursos literarios, en los rubros de poesía, narrativa, teatro y ensayo,
además de Poesía de la Música, tanto en castellano como en guaraní.
TERCERA
1.- La
Editorial Servilibro se compromete a otorgar a los socios activos y al día de
la SEP como Derecho de Autor, porcentajes que van desde el 12 % como mínimo al
20%. Dichos porcentajes el autor podrá negociar con la editora si será en
efectivo o en libros, o en partes iguales.
2.-En caso de que el escritor socio al día, desee adquirir libros de su autoría tendrá un descuento del 50%, extendiendose este beneficio a los herederos del autor fallecido.
3.-También el escritor socio al día tendrá descuentos en libros publicados por la editorial tendrá un descuento del 30%, y del 10% para libros de otras editoriales. Para estos casos, el escritor deberá presentar una tarjeta que le acredita como socio activo y al día, que proveerá la Editorial Servilibro.
4.-En el caso que el escritor socio al día, o representará al país en algún evento internacional debidamente justificado, la Editorial Servilibro donará un máximo de cinco libros por viaje y no más de veinte libros al año.
CUARTA
1.-La
Editorial Servilibro ofrece a la SEP el apoyo de sus recursos humanos. como así
también el uso de sus instalaciones para la realización de conferencias,
paneles, lanzamientos de libros y otras actividades de carácter educativo y
cultural.
2.-La Editorial Servilibro se compromete a editar anualmente la Revista de la SEP, con materiales de autores socios al día. La misma será financiada por entidades públicas y privadas.
QUINTA
Este Acuerdo
Marco, deja abierta cualquier iniciativa que surgiese de grupos editoriales, de
investigación, instituciones o personas vinculadas a ambas instituciones, en
las disciplinas o áreas del conocimiento que cada uno ofrece.-
SEXTA
Sin perjuicio
de los recursos que asigne cada parte, ambas instituciones se comprometen,
dentro de sus posibilidades, a realizar gestiones pertinentes ante organismos
públicos o privados, a fin de procurar contribuciones para el mejor logro de
los objetivos del presente Convenio.-
SÉPTIMA
El presente
convenio no limita el derecho de las partes a la formalización de acuerdos
similares con otras instituciones.-
OCTAVA
Este Convenio
Marco tendrá una duración de dos años, prorrogables por acuerdo de las partes.
Regirá desde su firma, pudiendo ser modificado o denunciado por cualquiera de
las partes, las que podrán proponer su rescisión, sin perjuicio de la
conclusión de las actividades derivadas del mismo, en curso de ejecución.-
NOVENA
Las eventuales
discrepancias que surjan acerca del cumplimiento de este Contrato, serán
resueltas en lo posible aplicando los Métodos Alternativos de Resolución de
Conflictos, en su defecto serán competentes en los Tribunales Civiles y
Comerciales de la Capital.
En señal de
conformidad, suscriben las partes del presente Convenio en duplicado y a un
solo efecto.
Arq. Lisandro Cardozo
Presidente
Sociedad Escritores del Paraguay
Sra. Vidalia Sánchez
Directora Propietaria
Editorial Servilibro