Columna de Opinión: Susy Delgado sobre la Modificación de la Ley del Premio Nacional de Literatura
Al final del artículo se puede encontrar el link de descarga al proyecto de modificación de la Ley 97/90, junto con la Ley original.
EN TORNO A LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL PREMIO NACIONAL DE LITERATURA
de Susy Delgado
En estos días se
está difundiendo entre los escritores, una propuesta de Modificación de la Ley
no. 97/1990 del Premio Nacional de Literatura, centrada en dos reivindicaciones
importantes:
Una de ellas toca lo
que muchos observamos como una sentida inequidad en la premiación de las
literaturas escritas en nuestras dos lenguas oficiales: el guaraní y el
castellano. El texto elaborado por la Academia de la Lengua Guaraní y
presentado al sector afectado a través de la Mesa Técnica del Libro, propone
cambiar lo establecido en la ley vigente del Premio Nacional de Literatura, de
modo a distinguir de modo igualitario, en cada entrega del galardón, las
literaturas escritas en las dos mencionadas lenguas oficiales de nuestro país.
Sin extendernos aquí sobre los profundos motivos culturales que reclaman el
reconocimiento equitativo de nuestras dos lenguas y sus literaturas, cabe
recordar que en las 15 ediciones cumplidas desde su creación, solo en dos
ocasiones fue distinguida la literatura en lengua guaraní, en las obras de
Carlos Martínez Gamba y de quien escribe este breve comentario.
Esta primera
reivindicación está recogiendo la unánime adhesión de quienes van conociendo el
anteproyecto. Péva ñanembopy’arory.
La segunda
reivindicación recoge una antigua preocupación de los escritores sobre el
concepto y el criterio de premiación. De acuerdo con la ley vigente, el PNL
debe entregarse al autor/a de un libro destacado, publicado en los dos últimos
años.
Hay quienes opinan
que este galardón –el más importante que se concede en el país- debe seguir
respetando la ley vigente, favoreciendo a ese libro importante de los últimos
años. Quien escribe esta modesta reflexión opina que la premiación de un libro nuevo,
con valores literarios notables, es una reclamación legítima y justa, pero que
la misma impone un concepto diferente que se debe atender con la creación de un
premio específico, que no signifique seguir prolongando lo que consideramos es
la deuda más antigua y urgente con el sector de los grandes postergados de la
literatura.
De acuerdo con lo
establecido por la ley vigente, un escritor que no tenga un libro publicado en
los dos últimos años, aunque haya producido una obra extensa e importante, está
excluido por completo para postularse a este galardón. Pasando revista a los
integrantes de ciertas entidades se puede apreciar el gran número de los
excluidos para tentar esta posibilidad. Mirada que, por otra parte, puede
recordarnos sus merecimientos encimados durante décadas, cuya atención seguirá
significando un grave olvido, si no se crean las herramientas que abran camino
a un tratamiento más digno.
Considero que no
se pueden equiparar los méritos reunidos en un libro –aunque este fuera
extraordinario- con los de una vida dedicada a la literatura. El Paraguay
podría tomar el ejemplo de los países que otorgan los galardones nacionales
considerados más justos, que premian la obra completa y la trayectoria de los
autores, asumiendo el concepto de la coronación de una vida dedicada a las
letras. En los casos más envidiables, el premio equivale a una pensión
vitalicia digna hasta el fallecimiento del galardonado. Ñande
ñanemombyry gueteri umíchagua jopóigui, ha katu jaguatamiva’erä jajávo upe
gotyo.
No se debe olvidar
tampoco la condición humana de los escritores, que en el caso de ese importante
sector al que aludimos, muestra muchas situaciones de grandes orfandades. El
trabajador paraguayo de las letras, aunque haya creado una obra importante en
número, y haya conquistado galardones no desestimables, suele llegar a ese
tiempo de la supuesta cosecha digna de sus esfuerzos, sin jubilación alguna o
con una jubilación que en muchos casos no le alcanza para sus gastos básicos de
sobrevivencia. Hablando rigurosamente, es un trabajador que no puede jubilarse,
que está condenado a seguir buscando pequeños ingresos hasta donde el cuerpo le
aguante.
El Paraguay podría
tomar el ejemplo de los países que otorgan los galardones nacionales
considerados más justos, que premian la obra completa y la trayectoria de los
autores, asumiendo el concepto de la coronación de una vida dedicada a las
letras. En los casos más envidiables, el premio equivale a una pensión
vitalicia digna hasta el fallecimiento del galardonado. Ñande
ñanemombyry gueteri umíchagua jopóigui, ha katu jaguatamiva’erä jajávo upe
gotyo.
Estamos lejos
todavía de las condiciones para pretender ciertas conquistas, pero es urgente
buscar mejores normas legales y herramientas que encaucen una cosecha de mayor
dignidad para los escritores, especialmente para aquellos más postergados. Ñamañahápema
umi haihára katupyry rehe, hetáma oha’aröva japoriahuvereko…
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En este link puede leerse la propuesta de modificación de la Ley 97/90 del Paraguay, en su última actualización, posterior a las Opiniones 1 y 2.